Por: Alberto San Martín Muñoz
Calificado como un fallo histórico, el pasado 26 de agosto la Corte Suprema acogió el Recurso de Protección interpuesto por los vecinos de Nacimiento tras los graves episodios de contaminación e intoxicaciones ocurridos en noviembre de 2022. La sentencia reconoce el impacto de la problemática y además critica la ineficacia de las instituciones fiscalizadoras. Junto a esto, el Supremo Tribunal ordenó la implementación de medidas urgentes para resguardar la salud de la población y el medio ambiente en la comuna.
En la sentencia, la Corte Suprema reconoció la contaminación provocada por CMPC en Nacimiento, y destacó su gravedad y persistencia. Durante el mencionado episodio de emergencia ambiental, ocurrido entre el 13 y el 20 de noviembre de 2022, se reportaron malos olores y la liberación de gases perniciosos que afectaron severamente la salud de la comunidad. La contaminación generó síntomas como vómitos, dolores abdominales, congestión nasal, irritación respiratoria y ocular, náuseas, dolores de cabeza y mareos.
Las y los principales afectados con esta intoxicación masiva fueron niños y niñas desde prekinder a 4to básico, además de profesores y asistentes de la Escuela Toki Lautaro, lo que provocó el colapso de los servicios de urgencia de la comuna y la suspensión de las clases.
El fallo también criticó a los organismos fiscalizadores, señalando que las acciones de la Seremi de Salud y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fueron insuficientes e inoportunas.
La sentencia de la Corte estableció varias obligaciones concretas para los organismos responsables. Entre ellas, se ordenó la finalización de los sumarios administrativos en un plazo de 90 días, la implementación de medidas urgentes para proteger la salud de la población y el medio ambiente, y la creación de un espacio de coordinación entre la Seremi de Salud, la SMA, el municipio de Nacimiento y la empresa CMPC.
Esta instancia de coordinación deberá generar planes de mitigación y respuesta ante futuros eventos de emanaciones tóxicas. Además, se mandó a la SMA a extremar sus labores de fiscalización para asegurar que la operación de la planta Santa Fe cumpla estrictamente con sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
Cabe recordar que la contaminación atmosférica emitida por las plantas de producción de celulosa y papel se caracteriza, tal como otras actividades industriales, por la liberación al ambiente de dióxido de azufre (SO2), material particulado, óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de carbono y monóxido de carbono, además de los denominados gases TRS, especialmente el sulfuro de hidrógeno (H2S).
Los gases TRS agrupan a un conjunto de compuestos que se generan en el proceso de producción de celulosa, los más importantes son el sulfuro de hidrógeno (H2S), los mercaptanos (CH3SH), el dimetil-sulfito (CH3SCH3) y el dimetil disulfuro (CH3SSCH3). Estos gases tienen la característica de emitir fuertes y desagradables olores que pueden extenderse por grandes distancias. Los mercaptanos por ejemplo, son compuestos organo-azufrados que son perceptibles aún en muy bajas concentraciones, y que emanan en todas la línea de producción de la celulosa y el papel. El sulfuro de hidrógeno, presenta un olor a descomposición de materia orgánica similar al de los huevos podridos. Estos compuestos se generan en varios equipos de las plantas de celulosa
En reiteradas denuncias desde fines de 2018 la población afectada acusa afectación a su salud producto de las emanaciones tóxicas que expulsa la planta de celulosa Santa Fe, la cual tiene una tiene una capacidad para producir 1.500.000 toneladas al años de Celulosa Kraft Blanca de eucalipto.
Por su parte, Ricardo Frez, abogado y director de la ONG Defensa Ambiental, calificó el fallo como “sumamente positivo para la comunidad”, y destacó la importancia del reconocimiento de los episodios de contaminación y la necesidad de una respuesta más efectiva por parte de los organismos fiscalizadores. Además, valoró la obligación de generar un espacio participativo para establecer un plan de mitigación y evitar futuros episodios de contaminación.
En conversación con Resumen, el concejal de la comuna de Nacimiento Luis Vergara señaló que por parte de la comunidad y los afectados hay sentimientos encontrados. «Si bien hay conformidad en cuanto a que el fallo está otorgando ahora lo que era de sentido común y que se pedía en su momento, planes de mitigación y planes de asistencia a los afectados». Vergara apunta que la comunidad nunca vio estos planes porque nunca existieron. «Por otro lado, es lenta la respuesta de la justicia» señaló.
El concejal recalca que «Con esto ya se va a obligar por parte de la corte a que existan estos planes de mitigación y asistencia. Y también es importante resaltar que esto entrega la posibilidad de que se mejore la coordinación. El municipio en su momento no tomó el punto de vista que está ratificando la corte» recordó.
Con respecto a las emanaciones y la afectación a la salud de la población local, Luis Vergara recuerda que «La atención en el hospital familiar de la comunidad no estuvo a la altura de lo que se esperaba. Más aún con una comuna industrial donde las fugas de gases de la celulosa fueron reiteradas desde el año 2019. Por otro lado, desde el punto de vista laboral, la ACHS en nacimiento no dio respuesta, tampoco la ACHS en Los Ángeles». denunció.
Finalmente, Vergara concluyó que este fallo corrobora que en torno a la planta CMPC de Nacimiento hay un conflicto socioambiental en desarrollo. «Mientras no se tome la mirada de que las afectaciones acá son no solo del medio ambiente, sino que a la integridad física y psíquica de las personas, no se va a dar con la solución o respuesta óptima. Ojalá esto conduzca a que la empresa se responsabilice más y que las utilidades sean reinvertidas en estos planes de mitigación y planes de asistencia» indicó el concejal.
Vea la sentencia aquí
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